La figura política del asilo siempre se la entendió como una respuesta a las represiones políticas ejercidas por regímenes intolerantes en contra de sus oponentes o de la población en general. Incluso Chile, larga faja de tierra de loca geografía y convulsionada historia, en su himno nacional proclama ser “el asilo contra la opresión”.
Otros países, sin necesariamente declararlo, han jugado el rol de serlo en la práctica. Este es el caso de Ecuador, una de las naciones que ha recibido la mayor cantidad de refugiados, protegidos y asilados políticos del continente latinoamericano. En Europa la práctica del asilo ha sido frecuente en casos de guerras y persecuciones políticas. La Convención sobre el Estaturo de los Refugiados de 1951 se estableció como respuesta a las necesidades urgentes de las personas refugiadas derivadas de la Segunda Guerra Mundial. Desde entonces, Europa ha recibido a personas que buscan asilo huyendo de conflictos, persecución y violaciones de sus derechos. En principio, la declaración adoptada el 13 de diciembre 2001 -Ginebra, Reunión Ministerial de los Estados Parte de la Convención de 1951 o el Protocolo de 1967-, reconoce que dicha Convención “establece derechos”, incluyendo derechos humanos.
El asilo político, en tal sentido, es una práctica habitual entre cargos relevantes de los países y entre activistas o personas críticas con los gobiernos, especialmente los no democráticos. Se trata de ayuda o protección que un Estado concede a una persona extranjera que es perseguida en su país por motivos políticos, o por aquellos delitos del fuero común que tengan conexión con asuntos políticos, cuya vida, libertad o seguridad se encuentre en peligro. A través de esta práctica, el solicitante de asilo, debido a la situación que sufre en su país de origen, solicita que otro Estado lo acoja y no permita su extradición. La situación de asilo puede darse por destierro, si es que el Estado expulsa de manera forzosa a un individuo, o cuando el solicitante está siendo perseguido, que es la práctica más común y se produce cuando una persona es buscada o capturada por su país y se refugia en otro, si este le permite el asilo.
Asilo en Bélgica
El pasado 15 de abril el Gobierno Federal de Bélgica concedió asilo político a Rafael Correa, según la defensa del ex presidente y de abogados belgas Ius Cogens, ese hecho “reconocía la persecución política en contra del ex mandatario ecuatoriano”. En un comunicado emitido por esa entidad se indica que, tras convertirse en el principal opositor del Gobierno de Lenin Moreno, Correa comenzó a recibir al igual que sus coidearios, “un brutal acoso judicial, cuyo punto culminante fue una espuria sentencia y suspensión de derechos políticos pocas horas antes de su inscripción como candidato para las elecciones del año 2021”. Conforme ese comunicado, el Gobierno federal del país europeo concedió asilo político al ex mandatario ecuatoriano, debido a lo que llamó la persecución política en su contra, y se suma así a países como México y Bolivia, “quienes también han acogido como asilados políticos a varios exfuncionarios del Gobierno y miembros del partido de Correa, víctimas de una evidente persecución». El abogado coordinador de la defensa internacional del ex presidente, Christophe Marchand, señaló que “la importancia de esta medida, es que supone un reconocimiento de la condición de perseguido político del exmandatario, a la vez que pone de manifiesto el lawfare cometido contra él y el resto de los representantes del correísmo”.
La reacción del régimen de Lasso no se hizo esperar, aunque tardíamente, el Consejo Nacional de la Judicatura, (CNJ) solicitó al Reino de Bélgica la extradición del ex presidente Rafael Correa, para que una vez que esté en el país cumpla la pena de privación de la libertad por su sentencia por delito de cohecho. Durante el proceso, una vez cumplidos los formalismos de rigor, se enviará el expediente al Ministerio de Relaciones para realizar las gestiones diplomáticas pertinentes y concretar la extradición.
La solicitud de asilo a Rafael Correa respondería a la necesidad de contrarrestar la persecución política ejercida contra miembros del movimiento correísta y ex funcionarios del gobierno de la Revolución Ciudadana, cuestión que forma parte prioritaria de la agenda del correísmo.
La concesión de asilo es un triunfo político del progresismo, puesto que supone tácita o explícitamente un reconocimiento internacional a la persecución política existente en Ecuador. La persecución se da en dos escenarios, el local y el internacional. Al interior del país, utilizando las instituciones de la Función Judicial e implantando juicios y sentencias preconcebidas en casos de supuestos delitos ordinarios, frente a los cuales las acusaciones no han estado respaldas por pruebas concluyentes. En lo internacional, apelando a convenios suscritos por Ecuador en el ámbito policial con Interpol u otros Estados, a través de convenios de extradición. Sin embargo, estas gestiones no han dado el resultado esperado por el gobierno ecuatoriano, seguramente porque en el ámbito internacional han primado criterios diferentes respeto a la justicia, derechos e institucionalidad. Existe así un desface entre los resultados represivos obtenidos en niveles locales e internacionales.
Desde hace un tiempo el movimiento correísta ha llevado la iniciativa en la defensa y lucha contra la persecución de sus militantes. Se logró la amnistía a varios de ellos -P. Pabón, V. Hernández-, la excarcelación de Jorge Glas y el asilo político a Rafael Correa, incluida la negativa de Interpol de detenerlo. Esta situación incomoda al régimen de Lasso que ve que el esfuerzo por sacar del escenario político a sus oponentes no obtiene los resultados esperados. El fin último de la persecución política es dejar expedito el camino electoral de la derecha y evitar eventuales o futuras derrotas a manos del progresismo.
El asilo en Bélgica es un reconocimiento de ese país a la persecución política existente en Ecuador. En el ámbito internacional se explica porque son otros los criterios para juzgar el hecho político: valores como democracia, libertad, derechos humanos, etc., son respetados. Esos mismos valores en Ecuador son manoseados por una clase política sin claros principios y oscuros fines y manipulados por jueces inescrupulosos, cooptados por políticos.
La represión política en nuestro país responde a un acto de prepotencia que, a no dudarlo, supone un síndrome de impotencia. La represión busca sacar del espectro político al contrincante difícil o imposible de vencer por medios democráticos en una elección popular. Y, de manera paradójica, no inhibe los eventuales pactos entre políticos que, sin principios, buscan los fines sin importar los medios. En política es posible dormir con el enemigo puesto que el fin justifica todo procedimiento, según el instinto maquiavélico que anima sus acciones.
La represión no es un hecho espontáneo, improvisado, se lo premedita; no es fruto del odio calenturiento sino de la fría planificación de quien calcula los resultados y sopesa las consecuencias. De allí que la opresión y la represión políticas carecen de inocencia o justificación por estos agravantes. Quien reprime, persigue el exterminio del otro.
La represión es un acto intencionado, deshumanizado de negación del oponente. No responde a acciones solamente exacerbadas por la pasión. Supone una concepción que niega aquello que nos contradice. En tal sentido, no es asunto meramente pasional, es epistemológico, racional y doctrinariamente preconcebido.
El asilo político, como respuesta, es un acto solidario, humanista. En esto radica la diferencia ideológica entre ambos comportamientos. La política no es un asunto moral, en su ADN no cabe la ética como un deber ser, cabe la justicia como una práctica comprobable. Por eso es una praxis.
El asilo contra la opresión, por tanto, es un acto de humanismo propio de la nobleza política.