En Ecuador existe un consenso innegable: el país está en crisis. Sin embargo, no existe acuerdo en el tipo de crisis existente y sus causas. El gobierno habla de una ausencia de gobernabilidad provocada por una oposición empeñada en desestabilizar el poder de Guillermo Lasso. En tanto, la oposición se refiere a una crisis de gobernanza por una ausencia de gestión gubernamental.
Los escenarios de esta polémica son las propias instituciones del Estado -Ejecutivo y Legislativo-, que se niegan y descalifican mutuamente. Pese a que esta polémica tiene diversas expresiones políticas, en el trasfondo subyace la presencia de poderes fácticos, económicos y sociales, que luchan por imponer un modelo de sociedad, conforme sus intereses. Un sector empresarial y financiero agrupado en las organizaciones políticas conservadoras, se enfrenta a una multilateralidad política expresada en movimientos progresistas y socialdemócratas. En definitiva, se trata de una lucha por la hegemonía política y los privilegios económicos en la sociedad ecuatoriana. La lucha de clases, expresada en la mutua negación entre los poderes ejecutivo y legislativo, dio origen a la crisis de institucionalidad del Estado que vive el país.
A diferencia de lo que ocurre en la actualidad, históricamente esta negación institucional se daba por la acción de las Fuerzas Armadas, intervención militar que negaba las instituciones civiles arrebatándoles el poder mediante un golpe de Estado, como ocurrió en los años sesenta y setenta en Ecuador. En ambas circunstancias, -dictadura militar y pugna entre poderes civiles-, se origina una crisis institucional del Estado, bajo la cual subyace una crisis de la democracia que sucumbe en su propio nombre. La crisis institucional del Estado deviene en una crisis de representatividad, puesto que la calidad de la representación institucional es cuestionada desde la sociedad civil, en un escenario donde ya nadie representa, cabalmente, los intereses ciudadanos y populares.
Frente a este escenario, la alternativa constitucional que tiene la sociedad civil es ejecutar la revocatoria del mandato a los representantes en ejercicio del poder. La Constitución de la República vigente establece que dicha revocatoria es un derecho político por medio del cual los ciudadanos dan por terminado el mandato que le han conferido a un gobernador, como un instrumento de participación ciudadana para determinar la conclusión anticipada en el desempeño del cargo de la Presidencia de la República. La solicitud de revocatoria de mandato procederá siempre y cuando haya transcurrido un periodo de tiempo no menor a un año, contado a partir del momento de la posesión del respectivo mandatario.
Se entiende esta revocatoria como un mecanismo de democracia directa, presente en las denominadas democracias participativas. No obstante, cabe señalar que, desde su institucionalización en la Constitución Política de 1998 hasta su nueva regulación en la Constitución de la República de 2008, incluyendo las reformas a la Ley Orgánica de Participación Ciudadana y la Ley Orgánica Electoral y el Código de la Democracia, se ha desnaturalizado la figura jurídica de la revocatoria del mandato, tornándola menos accesible, dificultando su ejercicio como derecho y en consecuencia, volviéndola ineficaz.
A partir de la definición de la democracia como: “Doctrina política según la cual la soberanía reside en el pueblo, que ejerce el poder directamente o por medio de representantes”, podemos colegir que la democracia directa puede definirse como aquella forma de gobierno en la que no se requiere de ningún tipo de representación para la toma de decisiones, pues la ciudadanía lo hace directamente. Conforme esta prerrogativa ciudadana, considerar a la revocatoria del mandato como un mecanismo de democracia directa, no implica una carencia absoluta de representantes; por el contrario, admite la existencia de los mismos, pero el momento en que se toma la decisión de cesar en el cargo a uno de ellos, no deberá intermediar persona alguna, y en este contexto se trata de una medida que toma el colectivo popular de manera directa.
Es en la Constitución Política del Ecuador de 1998 que se recoge por primera vez en el ordenamiento jurídico nacional, la figura de la revocatoria del mandato. Con la Constitución de la República aprobada en 2008, se verifican cambios, pues no solo se eliminan las causales, sino que también se abre la posibilidad de que esta figura proceda en contra de cualquier autoridad de elección popular, y se reduce el porcentaje de firmas requeridas, 15% presidente de la república y 10% otras autoridades, (artículo 105).
Mediante la revocatoria del mandato, la ciudadanía cuestiona la capacidad del gobernante para vincular las necesidades reales y emergentes de los ciudadanos que no han sido previstas en planes de trabajo elaborados antes de tomar posesión de sus funciones. Por lo mismo, se establece que la revocatoria del mandato no es activada precisamente por un incumplimiento del plan formal de trabajo de las autoridades; por el contrario, es el rechazo por parte del pueblo al funcionario el que motiva la iniciativa del proceso en cuestión. Un descontento manifiesto del pueblo ecuatoriano con la forma en cómo estos desempeñan sus cargos. Se comprende de este modo que la revocatoria del mandato es una decisión eminentemente política, legitimada por el derecho ciudadano y amparada en la Constitución que debe constituirse en la máxima expresión de democracia directa.
Ante la incapacidad de la clase política y sus representantes de solventar la crisis institucional del Estado, la revocatoria del mandato, se institucionaliza en el marco constitucional como respuesta a una historia política nacional caracterizada por su inestabilidad, y ante la necesidad creciente de incorporar mecanismos que refuercen el control político por parte de electores a elegidos en el contexto de un Estado democrático. La revocatoria del mandato, en tal sentido, al definirse como una institución jurídica–política que permite a los ciudadanos cesar en el cargo a una autoridad de elección popular antes de que expire el periodo para el cual fue elegido, y que ha perdido la legitimidad, confianza y aceptación de sus electores, se erige en un canal institucional que fortalece la participación ciudadana y tiene como fundamento a la consolidación de la democracia.