Hablar de la mujer privada de libertad en el sistema penitenciario ecuatoriano es hablar de un ser absolutamente vulnerable. En su condición de género la mujer resulta ser doblemente violada en sus derechos humanos por un régimen carcelario que no cuenta con rehabilitación para la reinserción social de la mujer y que permite todo tipo de injusticias. Según datos estadísticos en el país hasta hace un año existían 3.016 mujeres reclusas purgando sentencia o afrontando un proceso judicial. De ese total general, un 54% fueron sancionadas por delitos vinculados al narcotráfico, según el ex ministerio de Justicia, seguido por delitos de robo, asesinato, estafa, hurto, homicidio, violación, entre otros. Las presidiarias están repartidas en en el Centro de Rehabilitación Social Mixto de Guayaquil 31,8%; el 28,36% en Latacunga, el 6,36% en El Turi, en Cuenca y el resto se distribuye en 26 cárceles restantes del país. Este panorama no difiere de la situación general de la mujer reclusa en Latinoamérica. En esa realidad las mujeres detenidas sufren el estigma del rol de esposas sumisas y madres lactantes, frente a la falta de leyes y políticas adecuadas para abordar los problemas de las mujeres encarceladas.
A esta situación se suma la violencia sexual y el hacinamiento producto del aumento de la población penitenciaria femenina, recluida generalmente por delitos relacionados con el microtráfico de drogas. Una situación invisibilizada -o peor- vista sin un enfoque de género. Las investigaciones sobre la delincuencia femenina responden a parámetros derivados de una concepción androcentrista y etnocentrista que privilegia la mirada sobre el delincuente varón. La delincuencia femenina es un fenómeno que no ha sido estudiado a fondo, cuyas investigaciones parten de estereotipos sobre la mujer que distorsionan la realidad. En ausencia de una política criminal con perspectiva de género, es fácil colegir que las necesidades de los hombres recluidos en prisión son privilegiadas frente a las necesidades de las mujeres, por una estructura carcelaria inadecuada y falta de recursos. La prisión es para la mujer un espacio discriminador y opresivo. Esto se expresa en el desigual tratamiento recibido y en el significado diferente que asume el encierro entre mujeres y hombres. Una mujer que pasa por la prisión es calificada de «mala mujer» sencillamente porque contravino el papel que le asignaron como esposa y madre, sumisa, dependiente y dócil.
El común denominador de las cárceles muestra un escenario donde predominan regímenes duros, largas condenas, alta proporción de detenidas no condenadas, mal estado de las instalaciones, falta de atención y tratamientos médicos especializados, terapias basadas en trastornos calificados como «nerviosos», escasa o nula capacitación laboral y pocas actividades educativas y recreativas. Los trabajos y la supuesta formación profesional impartida en la cárcel de mujeres están dirigidos a aprender a coser, planchar, cocinar, limpiar, confeccionar pequeñas artesanías y tomar cursos de modistería. La condición femenina carcelaria es definida por un modelo social y cultural que reproduce la dependencia, falta de poder, inferioridad física, sumisión y hasta el sacrificio.
Un aspecto del régimen penitenciario claramente discriminatorio es el que se relaciona con la visita íntima. En muy pocas cárceles latinoamericanas está reglamentado este derecho para las mujeres y aunque no esté formalmente negado, no se ha implementado debidamente. Otra grave violación a los derechos sexuales y reproductivos de la mujer es la falta de atención médica especializada. Una investigación realizada en Centroamérica constató la falta de médicos ginecológicos y de pediatras en las cárceles. Los abusos sexuales que suelen sufrir mujeres detenidas constituyen un tema oculto y silenciado, aunque en otros países hay informes impactantes al respecto. En el sistema penitenciario ecuatoriano el incremento de mujeres detenidas por delitos vinculados al microtráfico de drogas va en aumento y no es casual. Se trata de una actividad que permite a la mujer seguir desempeñando roles de madre, esposa, abuela y dueña de casa. En los centros penitenciarios las mujeres detenidas por tráfico de drogas deben asumir la presencia o ausencia de sus hijos menores de edad. En ese hacinamiento comparten celda con sus hijos por periodos que duran lo que dura la condena. En el encierro padecen similares problemas de salud que sus hijos, trastornos gastrointestinales, pulmonares, infecciones cutáneas y enfermedades de transmisión sexual, entre ellas el sida.
Conversamos con la doctora Sandra Correa León, abogada en libre ejercicio profesional y, hasta hace poco tiempo, especialista del SNAI en derechos humanos de adolescentes infractores.
Sandra es una mujer ecuatorianas víctima de uno de los hechos más sonados de injusticia de género acaecidos en el país. Ex ministra de Educación, abandonada por el gobierno al cual se perteneció, fue juzgada en los medios por una prensa misógena y reaccionaria que realizó un hostigamiento mediático por su condición de mujer. Condenada por un juez desaprensivo con un veredicto basado en versiones de prensa, la justicia no investigó debidamente el caso y Sandra cumplió tres años de condena recluida en la cárcel de Quito. Las acusaciones que fue objeto hacen referencia a un supuesto peculado y sobreprecio en la adquisión de insumos para el plan Mochila Escolar. Sandra Correa ha manifestado en diversas ocasiones que ”fue maltratada por representantes de cierto periodismo ecuatoriano que juzgó y sentenció públicamente en espacios audiovisuales e impresos a una persona que siempre sostuvo su inocencia ante el mundo. El acoso mediático tomó las características de un linchamiento con el resultado funesto de haber asesinado su imagen”, como queda consignado en nuestro libro Sandra Correa: Retrato Íntegro, testimonio vital, Ediciones Lapalabrabierta, 2019.
¿Como caracterizaría la situación de la mujer recluida en el sistema penitenciario ecuatoriano?
La mujer dentro del sistema es cosificada, no es sujeto sino objeto, sometida a actividades patriarcales, bordar, cocinar, coser, etc., y a una serie de abusos.
¿A qué tipo de violación de sus derechos humanos está sometida la mujer en la cárcel?
La mujer está sometida a abusos de autoridad de parte del personal penitenciario y de las propias compañeras reclusas. Ellas deben ser obedientes, subordinadas a lo que sus compañeras digan. Existe caporales que pertenecen a mafias internas. En cada pabellón opera una directiva que practica trueque de favores a cambio de protección y ese estilo de vida lo ejerce el caporal que llega a ocupar el puesto por condición económica, fuerza física y relaciones de influencia. Dentro de la cárcel el rol de la mujer es cosificado, sin embargo, la violencia femenina es inferior a la que ejerce el hombre, relegada a conductas de subordinación.
¿Cuáles son las principales enfermedades que padecen las mujeres en la cárcel?
Por lo general son enfermedades de tipo sexual ya que no existen las condiciones adecuadas para la visita íntima y se producen dolencias relacionadas con esa situación.
¿Existen abusos de tipo sexual al interior de las cárceles de mujeres?
Si existen abusos sexuales. Se impone la exigencia de realizar determinadas conductas, y eso es a diario, conductas consideradas placenteras para quienes las practican. Para poder vivir una vida tranquila en la cárcel debes acceder a este abuso. Te va mejor si te portas bien con los guías hombres, por ejemplo.
¿Cuáles son los principales delitos por las que están detenidas las mujeres?
Microtráfico de drogas, las mujeres desempeñan el papel de mulas y la policía las detiene en aeropuertos. Hay muchas extranjeras brasileras, colombianas, portuguesas que permanecen detenidas en cárceles del país.
Mujeres detenidas cumplen condena con sus hijos ¿cuál es esa realidad?
Hay mujeres que pasan la prisión con sus hijos menores de tres años. Existen guarderías donde los menores deben ser cuidados por sus madres. Se trata de infantes reclusos igual que sus madres.
¿Qué se necesita para una auténtica rehabilitación social en el sistema penitenciario ecuatoriano de mujeres?
Se requiere que se respete la ley y la Constitución que habla de rehabilitación que no se cumple. Existen planes con ejes de educación, vínculo familiar, salud; hay leyes y modelos pero que no se aplican, empezando por un hacinamiento descontrolado que es total en las cárceles de mujeres. Además, falta profesionalización del personal penitenciario, y a psicólogos, médicos, y profesores se les recarga de trabajo con exceso de presidiarias por atender y eso impide una labor eficiente.
¿Cómo definirías la experiencia que viviste privada de libertad en la cárcel?
Es una experiencia que deja secuelas para toda la vida. La cárcel es un submundo donde no existen reglas, se vive al margen de la ley. Me dejó una marca profunda en el modo de relacionarme con el ser humano. En la cárcel hay que ser ciega, sorda y muda para sobrevivir. Aprendí a discriminar a la gente, tienes que ser diferente con las peronas. Ya no puedes tratar al otro con ternura, tienes que dar a cada quien según lo que se merece. Adentro existen mafias como las que hay afuera, que te imponen un modo de vida. Hay una vulnerabilidad total. ¡La inocencia no está protegida por el Estado!
En la perspectiva de impartir justicia de género en el sistema penitenciario ecuatoriano, es imperativo poner fin al tratamiento diferencial aplicado a hombres y mujeres recluidos. Se debe mantener un régimen igualitario en cuanto a la aplicación de medidas alternativas a la privación de libertad y a la concesión de beneficios extrapenitenciarios. Es urgente erradicar situaciones de violencia de género que existe en prisiones del país, que se expresa tanto en la limitación de los derechos sexuales y reproductivos, y abusos a que están sometidas las mujeres. Es necesario mejorar los servicios médicos y otorgar a la mujer asistencia jurídica de oficio. Es urgente implementar un verdadero sistema de reinserción social con rehabilitación laboral y educativa. Es imprescindible aplicar los preceptos establecidos en las convenciones y tratados internacionales suscritos por Ecuador, de manera especial en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer y adaptar la legislación nacional a dichos fundamentos.
La mujer en la cárcel es un ser vulnerable invisibilizado y silenciado en sus derechos. La discriminación de género se reproduce con dramática virulencia tras las rejas de la injusticia.