Bajo el lema “decidir es mi derecho” y al ritmo de tambores, colectivos de mujeres presentaron esta semana ante la Corte Constitucional de Ecuador una demanda para despenalizar el aborto en caso de violación. Las asociaciones femeninas y de derechos humanos demandaron la inconstitucionalidad del articulo 150 del Código Orgánico Integral Penal, COIP, “y así se amplíe la despenalización del aborto en casos de violación” para todas las mujeres, víctimas y sobrevivientes de violencia sexual en Ecuador. El artículo en mención, en su inciso segundo, permite el aborto en casos de violación a una mujer con discapacidad mental, no obstante, grupos defensores de derechos humanos argumentan que se trata de discriminación al resto de víctimas que han quedado embarazadas producto de violencia sexual. La representante de la organización Surkuna, Ana María Vera, señaló que “lo que queremos es que se despenalice el aborto para todas las mujeres, víctimas y sobrevivientes de violencia sexual en este país, y que se deje de discriminar a las víctimas (de violación) que no tenemos discapacidad en nuestro derecho a un aborto”. Bajo ese requerimiento diversas organizaciones feministas y ONGs defensoras de derechos humanos presentaron su demanda ante la máxima instancia judicial ecuatoriana. La manifestación ante las instalaciones de la Corte Constitucional hizo oír su voz: “Decidir es mi derecho. Despenalización del aborto ya”. Un clamor que representa el sentir de miles de mujeres ecuatorianas que consideran que “las niñas son niñas, las niñas no son madres”.
Las demandantes argumentan que en el país la violencia de género “es muy grave”, ya que el 25% de las mujeres han sido víctimas de violencia sexual, la mayoría en la infancia y en la adolescencia. Esta situación se ha incrementado en el país durante la cuarentena de más de medio año, según informes que confirman que la agresión sexual a mujeres menores muestra un incremento durante este año de pandemia, con el consiguiente embarazo involuntario de niñas y adolescentes.
El hogar, antes espacio de refugio, se ha convertido en una amenaza para miles de mujeres y niñas expuestas a una mayor violencia en el confinamiento, perpetrada por miembros de su propia familia. Según estudios, la gestación de una menor de 14 años es cinco veces más peligrosa y para una adolescente el doble que para una mujer adulta. Esta condición determina que la primera causa de muerte entre adolescentes sea el suicidio, cuyas causas son la violencia sexual, el embarazo indeseado y los conflictos emocionales.
Cifras reveladoras
Las estadísticas, en este sentido, son elocuentes: cada día siete niñas, menores de 14 años, en Ecuador da a luz producto de violación, y siete niñas abortan diariamente en condiciones inseguras. Se conoce que al menos 159 adolescentes dan a luz cada año producto de violencia sexual y en condiciones inseguras para el ejercicio de su sexualidad. Esta tendencia obliga a reconocer que la penalización del aborto, además de ser atentatoria a un derecho femenino, es un factor de riesgo para la salud y la vida de mujeres y niñas adolescentes.
Conforme una investigación del Fondo de Población de las Naciones Unidas y Unicef, realizada recientemente, el embarazo adolescente representa un alto costo económico al Estado, tanto en atención médica como en pérdida de oportunidades. La cifra de costos anuales por estos conceptos asciende a 270 millones de dólares. La cantidad se desagrega en dos partes: 187 millones por inactividad laboral, desempleo y brecha de ingresos entre mujeres que tuvieron un hijo en la adolescencia y las madres en edad adulta. Y 83 millones de dólares que corresponde al costo estatal sanitario vinculado a gastos de atención de salud por embarazo, parto, posparto de niñas menores y la pérdida social o productiva por la mortalidad materna en adolescentes. A esto se suma el hecho de que el Estado ecuatoriano deja de percibir 9,6 millones de dólares anuales por ingresos fiscales.
Derechos conculcados
Como antecedente, el año anterior la Asamblea Nacional rechazó la ampliación de las causales del aborto en un proyecto de reforma al COIP, mientras la Corte Constitucional consideró error técnico legislativo una demanda para revisar un veto presidencial al proyecto, esto implicó la no modificación del artículo penal. El aborto es legal en Ecuador “si la vida de la mujer está en peligro o el embarazo es producto de una violación a una mujer con discapacidad mental”. Bajo esta premisa las organizaciones feministas buscan una interrupción legal del embarazo siempre que sea producto de una violación en mujeres de diversa condición, también por incesto, estupro, inseminación no consentida o malformación fetal. El argumento es que se elimine la frase del articulo que señala “la especificación para una mujer con discapacidad, la consecuencia es que deje de ser punible el aborto en caso de violación”.
En tiempos de pandemia, cuando surgen datos alarmantes sobre alertas relacionadas con todo tipo de violencia de género, la demanda presentada por los movimientos femeninos adquiere carácter prioritario porque se trata de la seguridad de niñas adolescentes, mujeres que están en riesgo y de aquellas sobrevivientes de violencia. Esto supone que los jueces de la Corte Constitucional deban resolver la demanda en forma urgente; mientras tanto amerita suspender toda acción penal por abortos en los que la mujer judicializada haya manifestado ser víctima de violencia sexual.
La demanda acompañada en diversas ciudades por mujeres del país portando pañuelos verdes, debe fortalecerse con la manifestación de ciudadanos y ciudadanas en plantones y marchas callejeras. Solo la movilización popular garantiza la implantación y respeto de las prerrogativas de las mujeres, independientemente de su condición social, estado de salud, situación personal o edad. Su primer derecho humano es, precisamente, el derecho a decidir sobre su humanidad.