El Gobierno nacional decretó este día el estado de excepción para afrontar la crisis de convulsión social que se desencadenó en el país como protesta por el decreto de liberar los precios de los combustibles. Esto implica que el territorio nacional es constituido como territorio de seguridad. En la práctica la medida implica que la protesta social será tratada como delito, obstruir vías, impedir libre movilidad y bloqueo de carreteras y servicios públicos.
Un régimen de excepción, también conocido como estado de excepción o estado de emergencia, es un mecanismo contemplado en la Constitución de un país en caso de que un presidente considere que existe alguna situación extraordinaria tal como catástrofe natural, perturbación grave del orden interno, guerra exterior, guerra civil, invasión, o cualquier otro peligro considerado gravísimo, con la finalidad de afrontarlo adecuadamente.
Dentro de la medida ahora es posible que se puedan confiscar vehículos que obstruyan vías y carreteras o detener personas que se reúnan con fines de provocar alteraciones del orden público.
El Artículo 164 de la Constitución de la República ampara el estado de Excepción nacional.
Art. 164.- La Presidenta o Presidente de la República podrá decretar el estado de excepción en todo el territorio nacional o en parte de él en caso de agresión, conflicto armado internacional o interno, grave conmoción interna, calamidad pública o desastre natural. La declaración del estado de excepción no interrumpirá las actividades de las funciones del Estado. El estado de excepción observará los principios de necesidad, proporcionalidad, legalidad, temporalidad, territorialidad y razonabilidad. El decreto que establezca el estado de excepción contendrá la determinación de la causal y su motivación, ámbito territorial de aplicación, el periodo de duración, las medidas que deberán aplicarse, los derechos que podrán suspenderse o limitarse y las notificaciones que correspondan de acuerdo a la Constitución y a los tratados internacionales.
La disposición regirá indefinidamente o hasta que Ejecutivo considere que no es necesario mantener la medida, luego de retornar el país a la normalidad.