La Asamblea Nacional concluyó el primer debate de la reforma al artículo 5 de la Ley Orgánica de Comunicación LOC, que era el último requisito para ratificar la totalidad de esta normativa legal. Uno de los cambios más significativos consiste en concebir a la comunicación como un “derecho” y no como un servicio público. Esta reforma quedó evidenciada ayer jueves 20 de junio, cuando los representantes de las fuerzas políticas que participaron en el debate coincidieron en que la comunicación es “un derecho fundamental de los ciudadanos” y no puede ser calificada como un servicio.
Dice la doctrina que los derechos humanos fundamentales, son derechos que tenemos todas las personas por el simple hecho de existir. Respetarlos permite crear las condiciones indispensables para que los seres humanos vivamos dignamente en un entorno de libertad, justicia y paz. El derecho a la vida, a la libertad de expresión y de conciencia, a la educación, a la vivienda, a la participación política o de acceso a la información son algunos de ellos.
Los derechos humanos engloban derechos y obligaciones inherentes a todos los seres humanos que nadie, ni el más poderoso de los Gobiernos, tiene autoridad para negarnos. No hacen distinción de sexo, nacionalidad, lugar de residencia, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, edad, partido político o condición social, cultural o económica. Son universales, indivisibles e interdependientes.
Concebir a la comunicación como un derecho es de Perogrullo, una obviedad que busca quitar del escenario a los responsables de ejercer, respetar y garantizar ese derecho. Cabe recordar que en la jurisprudencia existe el derecho objetivo, que es el conjunto de normas jurídicas (leyes, reglamentos, entre otras) de carácter obligatorio, y que son creadas por el Estado para conservar el orden social. Y también existe el derecho subjetivo que es la facultad que ha otorgado el ordenamiento jurídico a un sujeto, (por ejemplo, derecho a la nacionalidad, derecho a la salud, derecho a demandar, derecho a manifestarse libre y pacíficamente, derecho a la libre expresión, derecho a la sindicalismo, etc.).
Un derecho fundamental es inherente a la condición humana, no hace falta enfatizar su “esencialidad”. Un derecho sugiere la existencia de un sujeto jurídico, público o privado, que satisfaga ese derecho. ¿Quién es, en el caso de la comunicación, esa instancia?
Por ejemplo, la salud es un derecho, pero además existe una red o sistema nacional público de salud que da los servicios que satisfacen ese derecho, y existe también el mercado privado de la salud que hace negocio para satisfacer la demanda del ciudadano que tiene derecho a la salud. Ambos se rigen por los lineamentos de la política pública de salud regulada desde el Estado.
Eustorgio Sarría, en su obra «Derecho Administrativo» sostienen que, «Servicio Público es toda actividad encaminada a satisfacer una necesidad de carácter general en forma continúa y obligatoria, según las ordenaciones del Derecho Público, bien que su prestación esté a cargo del Estado directamente o de concesionarios, de administradores delegados, o a cargo de simples personas privadas».
En el caso de la comunicación existe el derecho, pero se quiere omitir la política pública que garantice desde el Estado ese derecho, y peor desde la empresa privada. En esto consiste la maniobra legalista de quitar a la comunicación su carácter de servicio público y borrar del mapa al sujeto que debe brindar dicho servicio, o a la empresa privada que debe comercializar ese servicio bajo normas establecidas en la deontología de prensa o en los artículos de la LOC .
Motivos políticos
El motivo de la maniobra legislativa es claro. La sanción a periodistas y medios de comunicación en el Gobierno pasado se respaldó en convertir a la comunicación en un servicio público. Por tanto lo que se pretende es eliminar toda posibilidad punitiva de sanción a los medios que irrespeten la ley de comunicación en alguno de sus artículos. Es decir, quieren quitar el carácter regulador a la Ley de Comunicación y convertirla en una entelequia abstracta, de simple declaraciones de principios ante los cuales nadie garantiza el cumplimento de los preceptos observados en la ley. Con ese mismo propósito se borró de la LOC la figura del “linchamiento mediático”, que los medios suelen ejercer en contra de sus antagonistas políticos. Esto se lo hace para dar paso a que la comunicación continúe, como en el pasado antes de la LOC, siendo un instrumentó de acción política en manos de comunicadores o empresas de comunicación convertidos en actores políticos. Demás está decir que ese cambio fue propuesto por el Gobierno y por el momento tiene vía libre en el Parlamento. Como decía mi abuelo, ahí está la madre del cordero.
Cabe recordar que en diciembre pasado, en el contexto del segundo debate de la reforma a la LOC, se eliminó la figura del servicio público del artículo 5. No obstante, durante el debate, la presidencia del Parlamento recibió el pedido de mantener la redacción anterior del artículo 5. La acción generó que ese inciso no se modificara y se mantuviera como lo aprobó la Asamblea Nacional en el 2013. Este solo hecho motivó al Presidente Lenin Moreno a enviar una reforma específica que desaparece la figura del servicio público. Cabe preguntarse, ¿a quién interesa y quien favorece dicha reforma?
Ese criterio reformador es compartido por las fuerzas políticas alineadas en el Partido Social Cristiano y Pachakutik que consideran que “el Gobierno pasado convirtió a la prensa en su enemigo y para acorralarla instaló en el país la norma de que la comunicación es un servicio público”. Queda nítido el carácter político del interés legislativo.
A reglón seguido, se dejaron oír las voces que justifican con falacias la reforma a la Loc. El vicepresidente de la Asamblea, Patricio Donoso, destacó el rol de la prensa en la sociedad: “El mejor aliado de un gobierno honesto es una prensa libre e investigativa”, manifestó el legislador de CREO. Mientras que Fredy Alarcón, de la Bancada de Integración Nacional, destacó los cambios y aseguró que los medios y los periodistas “sienten la libertad y no tienen miedo de ser perseguidos y condenados por lo que publiquen”. En ambos casos, la veracidad de dichas afirmaciones son enteramente discutibles.
La bancada de la Revolución Ciudadana -afín al expresidente Rafael Correa-, propuso a sus colegas que “mantengan la redacción de la reforma propuesta por la Comisión de Derechos Colectivos”. En esta mesa se hicieron cambios al proyecto enviado por el Primer Mandatario. En su texto dice que “los medios de comunicación social son instrumentos impresos, de servicios de radio, televisión aptos para transmitir, divulgar, difundir y propagar, en forma estable y periódica, textos, sonidos e imágenes a la población”. Con el cierre de la discusión, la reforma pasará de nuevo a la Comisión de Derechos Colectivos que debe preparar un nuevo informe para el segundo y definitivo debate.
La ciudadanía espera una pronta solución a este impase puesto que la comunicación es un servicio, cuya calidad y oportunidad, deben ser garantizadas por la ley. Única forma que la ciudadanía pueda ejercer el obvio derecho humano que le asiste a comunicar y estar bien informada.