Los mensajes de acoso telefónico aplicado por las empresas de cobranzas, bancos y otras compañías que se esmeran en ofrecer servicios que nadie ha solicitado, están a la orden del día. Una molesta tendencia que se ha puesto en práctica en Ecuador para recordarle al deudor que su plazo de pago expiró o que su tarjeta de crédito va a ser “boletinada”, si no cancela el servicio en un plazo de 24 horas. Estos mecanismos de cobranza que se valen de datos personales de clientes de manera acosadora pueden ser denunciados en diversas entidades para iniciar juicios contra la empresa infractora.
De igual modo las ofertas invasivas ofreciendo servicios o productos no solicitados, constituyen un mercadeo indiscreto que viola derechos del consumidor a la intimidad y a la reserva de datos, puesto que los vendedores telefónicos habrán conseguido el teléfono celular o convencional del acosado en algún lugar. Según la Constitución, en su artículo 66, numeral 11, reza: “En ningún caso se podrá exigir o utilizar sin autorización del titular o de sus legítimos representantes la información personal o la de terceros…”.
Una buena alternativa es grabar las llamadas de los acosadores comerciales o cobradores persistentes, para tener constancia o evidencia de su abuso. En el Internet existen varias aplicaciones para los teléfonos celulares que permiten grabar todas las llamadas que el usuario haga o reciba, de manera automática.
En casos extremos del acoso telefónico, el acreedor o cobrador dirige la llamada al lugar de trabajo del cliente exponiéndolo frente a sus compañeros de actividad laboral. Esta es una situación inadmisible y que está sancionada en la Ley de Defensa del Consumidor en el artículo 19 que señala: “En la cobranza de créditos, el consumidor no deberá ser expuesto al ridículo o a la difamación (…)”. Está claro que hacer una llamada no constituye delito, pero siempre dependerá del tenor, la hora y el lugar de la llamada.
El consumidor tiene algunas alternativas: dejar de usar el servicio de la empresa acosadora, por ejemplo de una tarjeta de crédito de un banco. En el peor de los casos, además de desistir del producto, la denuncia se la puede hacer a la Superintendencia de Bancos o a la Defensoría del Pueblo. También se pueden impulsar juicios civiles contra la empresa que violenta los derechos a la honra y contra la que se lucra con el nombre de los demás.