La insuperable situación de violencia que prevalece en el sistema educativo ecuatoriano, impactado por casos de acoso y violación sexual detectados al interior de escuelas y colegios, amerita un constante seguimiento a los avances internacionales en materia jurídica que pudieren ser incorporados a las leyes locales.
En reciente sesión el parlamento francés dio un paso adelante en el recrudecimiento de las penas para casos de delitos sexuales. En su aspecto renovador, la legislación gala castigará comportamientos o comentarios con «intención o conducta sexual o sexista» que ofenda la dignidad de las mujeres y que sean «degradantes o humillantes, o creen una situación intimidatoria hostil u ofensiva». El nuevo estatus jurídico francés supone la aprobación de un proyecto de ley impulsado por el movimiento de denuncias de abusos sexuales #MeToo, incrementando el castigo para recurrentes situaciones de acoso verbal callejero sucedidos en algunos barrios de París, así como a mediáticos casos en Francia de relaciones sexuales entre menores y adultos.
La nueva ley para la Igualdad entre Hombres y Mujeres -que fue aprobada por 92 legisladores- sanciona con 750 euros el delito de «injuria sexista», que se equipara al de «acoso sexual». Un tema que ha estado en las noticias en medio de la indignación de esta semana por un incidente captado por la cámara en París, donde un hombre golpeó a la estudiante Marie Laguerre que le respondió después de haberla acosado.
El texto legal incorporado a los códigos judiciales franceses, decreta la prescripción de los delitos de violación de los actuales 20 a los 30 años y endurece los casos de violación y agresión sexual contra menores de 15 años, establecida como la edad mínima de consentimiento sexual. El Estado francés ha bogado por redefinir los casos de penetración sexual contra una menor de 15 años, considerándola violación (penada con 20 años de acrecer) y no una agresión sexual (penada con 5 años) y por el efecto «sorpresa» resultantes de una situación de superioridad ante «una víctima.
Precisamente, por el efecto «sorpresa» resultante de una situación de superioridad del agresor, la víctima no tiene la voluntad necesaria para consentir esos actos, y de ese modo se concretiza el abuso. Una violación se produce cuando se demuestre un «no consentimiento» caracterizado por una «coacción moral» y por el efecto «sorpresa» resultantes de una situación de superioridad ante «una víctima que no tiene el discernimiento”. En esos casos la norma endurece los delitos de agresión sexual de los actuales cinco años de cárcel hasta los siete.
Mientras esto ocurre en Paris, en Santiago de Chile un profesor de Comunicación, de la Universidad Católica, fue obligado a disculparse por insinuar en Linkedin que “si la mujer deja poco a la imaginación y sale a todos los happy hours con el colega, por más que verbalmente diga no, su actuar puede ser interpretado de forma diferente». La afirmación del docente fue considerada de alto calibre machista y causó malestar entre las alumnas universitarias.
En Ecuador, poco o nada se avanza en materia del endurecimiento de los criterios y las sanciones contra los delitos sexuales. Una campaña de prevención y sanción deberá impulsar una nueva conciencia frente a las infracciones cometidos contra la integridad de los menores y adolescentes.
El silencio individual, -que limita la denuncia-, la complicidad social -que obstruye la investigación-, y la permisividad legal, -que impide la sanción-, van de la mano con la tolerancia a los delitos de abuso y violación sexual. Es notorio que la sociedad ecuatoriana aun no asimila la dimensión del problema, y entre mojigaterías ciudadanas y debilidades de la autoridad, la violencia sexual en el sistema educativo se ha instalado como una vivencia hasta ahora irreversible.