El orgullo, sentimiento humano de autoestima que empodera a no avergonzarse de la condición propia, es un aliciente para que lesbianas, gais, bisexuales, transexuales celebren cada 28 de junio, el Día del Orgullo Gay, en conmemoración a las manifestaciones de Stonewall, New York, que en 1969 marcaron el inicio del movimiento de liberación homosexual. El sentimiento de orgullo gay emerge de la noción de que nadie puede avergonzarse de su identidad sexoafectiva o su afinidad por personas del mismo sexo. En el fondo, ese amor propio se basa en la dignidad intrínseca que todo ser humano tiene y que debe ser respetada, independientemente de su conducta u orientación sexual.
En Ecuador, la población LGBTI (lesbianas, gays, bisexuales, transgénero, transexuales, travestis e intersex), en pleno siglo XXI es objeto de discriminación por su definición sexual, no obstante mantener una dura lucha por sus derechos ciudadanos, afectados por la burla, escarnio, humillación, violencia y criminalidad de género. Los derechos constitucionales de la población LGBTI, contemplados en la carta magna del 2008, en los artículos 11 (numeral 2), 68 y, fundamentalmente, en el 83 (numeral 14) establecen como deber y responsabilidad de las ecuatorianas y los ecuatorianos, respetar y reconocer las diferencias de género y la orientación e identidad sexual. Nadie puede ser discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género, de cultura, estado civil, orientación sexual, etc. que menoscaben o anulen el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos.
Si bien en 1967 la homosexualidad en Ecuador fue despenalizada -antes de esa fecha era considerada un delito-, aun en la actualidad la cultura de masas no admite a los grupos LGBTI como un grupo humano “normal” en la sociedad, por considerarlos entes extraños, cuando no enfermos, por tanto, objeto de exclusión y condena.
Situación de la comunidad GLBTI.
Un panorama más claro se proyecta en el estudio realizado por el INEC sobre las condiciones de vida, inclusión social y derechos humanos de las diversidades sexuales y de género en el país. El estudio denominado “Primera Investigación sobre Condiciones de Vida, Inclusión Social y Derechos Humanos de la población GLBTI en Ecuador”, analizó 2.805 entrevistas a la población en referencia. La investigación fue hecha en las ciudadades de Quito, Guayaquil, Portoviejo, Machala, Babahoyo, Ibarra, Santa Elena, Salinas, Libertad y Manta. Fueron entrevistados 818 casos de gay, 662 lesbianas, 446 bisexuales, 800 transfemeninas, 35 transmasculinos, 40 transexuales. Según el estudio, un 66,7% de la población analizada se concentra en edades entre los 20 y 34 años, el 29,1% a personas entre 20 y 24 años y un 0,2% a 65 y más años de edad. El 77,1% son solteros y un 16,1% mantiene unión libre, y solo un mientras el 2,4% está casado. Un 10,4% tiene hijos, de los cuales el 85,6% los ha concebido naturalmente. El 44,4% vive con sus padres; el 1,4%, con su esposo o esposa; y el 21,5%, vive solo.
En cuanto a la situación educacional, el 40,6% de los entrevistados tiene un año del nivel de instrucción universitaria, el 37,1% un bachillerato, y solo el 0,1% fue a un centro de alfabetización. El 68,2% no cuenta con título. La situación económico laboral del sector determina que un 94,5% está ocupado y el 5,5% desempleado. Un 49,5%, trabaja en empresas de servicios y vendedor de comercios y mercados. Son profesionales un 11,3% y técnicos de nivel medio el 8,5%. Son directores y gerentes el 3,5% y el 0,5%, son agricultores o trabajadores calificados como agropecuarios, forestales y pesqueros. En referencia al nivel de remuneraciones, el 45,6% de la población laboralmente ocupada percibe hasta dos salarios básicos de 292 dólares mensuales (vigentes a diciembre de 2012). Un 27,8%, menos o igual a un salario mínimo; y el 5,9% percibe ingresos de cinco y más salarios básicos. Según el estudio un 5,6% gana $ 1,168 mensuales; 4,5%, entre 878 y 1.168 dólares; y el 27.8%, un salario de 292 dólares.
El estudio del INEC establece que la situación de rechazo y discriminación dista mucho de ser superada en el país. Los entrevistados manifiestan que sus amigos son quienes conocen, en un 95%, su condición sexual, seguido por hermanos con el 81% y, quien más rechaza la orientación sexual de los hijos, es el padre en un 13%. Sus hermanos son quienes más aceptan su condición en un 72%, mientras un 23% admite parcialmente y 5% rechaza. Las madres conocen en un 77% la situación de sus hijos, pero solo un 62% lo acepta totalmente y el 29% parcial y el 9% rechaza.
Un 70% confiesa haber vivido una experiencia de discriminación en su núcleo familiar. Siete de cada 10 fue objeto de control o experimentó alguna imposición. Seis de cada 10 sufrió rechazo y el 61% fue víctima de violencia por su inclinación sexual. Existen muchas formas de rechazo, entre ellas el silencio, o incomunicación familiar, reclusión en centros religiosos, cambios obligados de domicilio, expulsión del hogar y negación de recursos materiales, hasta la imposición de cambio de sexo.
Tres de cada diez entrevistados reconocen haber sido objeto de gritos, insultos, amenazas y burlas y un 18% fue agredido a golpes. Otras formas de rechazo se manifiestan en robo a sus pertenencias, acoso sexual, violaciones y relaciones sexuales obligadas. El rechazo tiene como escenario espacios públicos en un 55% y en lugares privados en un 71%, mientras que los actos de violencia son cometidos en un 65% en lugares públicos y en un 52% en recintos privados.
Estas cifras son reveladoras de la situación de la comunidad LGBTI en nuestro país, no obstante que la Resolución 5426/14 sobre Derechos Humanos, Orientación Sexual e Identidad y Expresión de Género, establece la obligación de condenar todas las formas de discriminación contra personas por motivos de orientación sexual e identidad o expresión de género. Al mismo tiempo, insta a los Estados dentro de los parámetros de sus sistemas jurídicos a que eliminen las barreras que enfrentan las personas lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersex (LGTBI) en el acceso equitativo a la participación política y otros ámbitos de la vida pública, así como evitar interferencias en su vida privada. De igual modo condena los actos de violencia y las violaciones de derechos humanos contra personas a causa de su orientación sexual y solicita a los Estados Miembros que aseguren una protección adecuada a las personas
intersex.
La condición y orientación sexual de la población es un tema de derechos humanos. No es posible hablar de justicia de género sin políticas públicas de género, basadas en un estricto apego y defensa de las prerrogativas ciudadanas, bajo la égida de los derechos humanos. El reconocimiento a la diversidad, amparado en el respeto por la cualidad del otro, es el sentido elemental que debe orientar el comportamiento social hacia la comunidad GLBTI. Lucha sin cuartel a toda forma de discriminación, exclusión social, es el único camino. Mientras tanto el orgullo gay será un sentimiento de empoderamiento, hasta conseguir el cabal respeto a su condición humana. Porque, como dejó escrito Oscar Wilde: «Amarse a sí mismo es el comienzo de una aventura que dura toda la vida»




